Las credenciales ASME no se transfieren solas al mercado europeo. Qué cambia en la calificación de procedimientos de soldadura, soldadores y END bajo la PED/EN ISO — y qué se aprovecha.
POR DAN YAMASHITA · NIVEL 3 ASNT/PCN · SIMPLENDT · · 3 MIN DE LECTURA
Escenario frecuente: sello ASME vigente, WPS y PQR consolidados, soldadores calificados según la Sección IX, programa de END maduro — y un contrato nuevo para exportar a Europa. ¿Todo esto vale para el marcado CE? No automáticamente: tener sello ASME no confiere presunción de conformidad con la Directiva de Equipos a Presión (PED) 2014/68/UE.
El marcado CE opera por presunción de conformidad vía normas armonizadas — la familia EN/ISO, no el ASME BPVC — y, según la categoría, exige la entrada formal de una tercera parte ya en la etapa de calificación. Tres pilares cambian.
La norma armonizada es la EN ISO 15614-1, con dos niveles desde la edición de 2017: el Level 2 es el estándar cuando nada se especifica — más ensayos, rangos más restrictivos —; el Level 1 se alinea con el enfoque de ASME IX. La buena noticia es la Guideline F-12 de la Comisión Europea: no hay que repetir los ensayos que el PQR ASME ya estableció — se aprovechan como evidencia y se complementan las propiedades que faltan, típicamente impacto en la ZAC, dureza y/o macrografía, bajo responsabilidad de la tercera parte. Para categorías II, III y IV, el procedimiento debe ser aprobado por un Organismo Notificado (NB) o una RTPO, a elección del fabricante.
La calificación de soldadores sigue la EN ISO 9606-1, y una WPQ ASME IX no la sustituye automáticamente: cambian la validez del certificado, la confirmación periódica — firmada cada seis meses — y el encuadre de los rangos. La misma sección 3.1.2 del Anexo I aplica aquí: para categorías II, III y IV, aprobación por NB o RTPO. En la práctica, muchas se emiten o reaprueban en el referencial ISO; los rangos ya cubiertos aceleran el proceso.
La diferencia que más sorprende: el personal de END calificado según SNT-TC-1A — sistema basado en el empleador — no es aceptado, por sí solo, para equipos de categorías III y IV. El Anexo I, sección 3.1.3 exige que el personal de END de uniones permanentes sea aprobado por una RTPO (organismo de tercera parte reconocido según el Artículo 20). Y a diferencia de la soldadura (sección 3.1.2), donde el fabricante elige entre NB y RTPO, para el personal de END no existe la opción de Organismo Notificado: la aprobación es exclusiva de la RTPO.
La norma armonizada de soporte es la EN ISO 9712, con certificación central e independiente del empleador. Personal certificado por otros esquemas puede ser aprobado si la RTPO verifica la equivalencia y emite la aprobación individual. Más detalle en la guía de la PED 2014/68/UE y la RTPO.
Nada de esto significa tirar lo construido: la disciplina de quien opera bajo ASME — trazabilidad, control documental, cultura de procedimientos — acorta el camino. Lo que cambia es el referencial normativo (EN/ISO) y la entrada formal de la tercera parte: cada pieza se complementa y se aprueba formalmente. Dan Yamashita es Nivel 3 PCN (ISO 9712), con aprobación de personal END bajo la PED emitida por CASL (an LRQA company), RTPO n.º 3002.
Procedimientos de END, criterios de aceptación, personal aprobado por RTPO e interfaz técnica entre ASME y EN ISO para proyectos PED/CE.